miércoles, 15 de abril de 2009

Plazo para la realización de los Trabajos Finales

El Art. 4 del Reglamento vigente establece que "el plazo establecido para la conclusión del Trabajo Final es de 8 meses y el mínimo de 4 meses". El HCD de la Facultad ha resuelto considerar como inicio del trabajo final (y a partir de la cual corre el plazo mencionado) la fecha de la Reunión del HCD en que el plan de Trabajo Final resulte aprobado. Esta fecha aparecerá en el Art. 2 de cada Resolución del HCD, que es el que habitualmente concede la regularidad en la Asignatura.
La ATF recomienda no dilatar o demorar innecesariamente la presentación del plan de trabajo para la inscripción en la Asignatura y la aprobación del mismo.

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